Solo podrán exportarse aguacates provenientes de huertos libres de deforestación, conforme a dictámenes técnicos de la Secretaría de Medio Ambiente, así como de conformidad con las disposiciones y medidas fitosanitarias contempladas en la Ley Federal de Sanidad Vegetal, facultad de la Secretaría de Agricultura
El Gobierno de México publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se establecen acciones para garantizar el cumplimiento de las disposiciones fitosanitarias, de no deforestación y de trabajo digno en toda la cadena de aguacate para exportación.
Con esta acción, el Gobierno de México reafirma su compromiso con el desarrollo rural sustentable, la justicia ambiental y laboral, y la protección de los derechos humanos en toda la cadena productiva del aguacate.
El acuerdo busca asegurar que la producción y exportación del aguacate mexicano se realice en terrenos libres de deforestación, cumpla con las normas fitosanitarias nacionales e internacionales, y garantice condiciones laborales justas y seguras para las y los trabajadores agrícolas, excluyendo totalmente el trabajo infantil.
Este instrumento fue emitido de manera conjunta por la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (Agricultura), la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), con el objetivo de fortalecer la sustentabilidad y responsabilidad social del sector aguacatero mexicano.
El acuerdo establece que solo podrán exportarse aguacates provenientes de huertos:
- Libres de deforestación desde 2019, conforme a los dictámenes técnicos de Medio Ambiente.
- Certificados por Agricultura, a través del Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (Senasica).
- Con condiciones laborales justas, garantizando el respeto a los derechos humanos de las personas trabajadoras agrícolas.
Entre las medidas más relevantes se establece la creación de una Comisión Técnica Interinstitucional, encabezada por Agricultura, que coordinará la implementación, seguimiento y verificación de estas acciones, así como la expedición de disposiciones administrativas complementarias que iniciarán su aplicación a partir del 1 de abril de 2026.
Para más información, consulta el texto completo en el Diario Oficial de la Federación: https://bit.ly/4hqCdpr
Fotografía: Cortesía Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (Agricultura)



































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